Hechos de los Apóstoles en América,

José María Iraburu

 

 

Reyes y teólogos católicos

 

La Reconquista de España, 1492
Empresa popular y religiosa
La Conquista de América, 1493
Los religiosos en la España del XVI
Un pueblo fuerte, elegido para una empresa grandiosa
Roma confía América a España para que la evangelice
El Patronato Real
Mal comienzo
El Testamento de Isabel la Católica
El terrible acabamiento de los indios

El sermón de fray Antonio de Montesinos, 1511
Un clamor continuo de protestas
La encomienda
Fray Bartolomé de Las Casas (1484-1566)
Fray Francisco de Vitoria (1492-1546)
Juan Ginés de Sepúlveda (1490-1573)
La disputa de Valladolid, 1550
Las exageraciones de Las Casas
Organización municipal y administrativa
Organización política
Organización jurídica
En busca de leyes justas
¿Se cumplían las leyes?
Reyes misioneros

 

La Reconquista de España, 1492

 

Después de sesenta años de estudios medievalistas y de cuarenta vividos en América, don Claudio Sánchez Albornoz quiso anticipar su homenaje al Quinto Centenario del Descubrimiento, presintiendo que ya no estaría presente en su celebración, y publicó en 1983 una obra impresionante, La Edad Media española y la empresa en América. En ella afirma

 

«como verdad indestructible, que la Reconquista fue la clave de la Historia de España» y que «lo fue también de nuestras gestas hispanoamericanas» (7). «Repito lo que he dicho muchas veces: si los musulmanes no hubieran puesto el pie en España, nosotros no habríamos realizado el milagro de América» (70).

 

En efecto, en los años 711-725 los árabes musulmanes ocupan toda la península ibérica, salvo pequeños núcleos cristianos en Asturias y los Pirineos, y en esos mismos años, Pelayo en Asturias (718-737) –

 

«un rey nuevo que reina sobre un pueblo nuevo», según Ibn Jaldún-,

 

y en seguida Alfonso I (739-757), inician contra el Islam invasor un movimiento poderoso de reconquista que durará ocho siglos, en los que se va a configurar el alma de España.

 

«Desde el siglo VIII en adelante -escribe don Claudio-, la historia de la cristiandad hispana es, en efecto, la historia de la lenta y continua restauración de la España europea; del avance perpetuo de un reino minúsculo, que desde las enhiestas serranías y los escobios pavorosos de Asturias fue creciendo, creciendo, hasta llegar al mar azul y luminoso del Sur... A través de ocho siglos y dentro de la múltiple variedad de cada uno, como luego en América, toda la historia de la monarquía castellana es también un tejido de conquistas, de fundaciones de ciudades, de reorganización de las nuevas provincias ganadas al Islam, de expansión de la Iglesia por los nuevos dominios: el trasplante de una raza, de una lengua, de una fe y de una civilización» (125).

 

Aquellos ocho siglos España luchó, en el nombre de Dios, para recuperarse a sí misma, es decir, para reafirmar su propia identidad cristiana. La causa de Cristo y la de España, empujando hacia el sur espada en mano, con la cruz alzada, se habían hecho una sola. Y

 

«siempre en permanente actividad colonizadora, siempre llevando hacia el Sur el romance nacido en los valles septentrionales de Castilla, siempre propagando las doctrinas de Cristo en las tierras ganadas con la espada, siempre empujando hacia el Sur la civilización que alboreaba en los claustros románicos y góticos de catedrales y cenobios, siempre extendiendo hacia el mediodía las libertades municipales, surgidas en el valle del Duero, y siempre incorporando nuevos reinos al Estado europeo, heredero de la antigüedad clásica y de los pueblos bárbaros, pero tallado poco a poco, por obra de las peculiaridades de nuestra vida medieval, en pugna secular con el Islam» (126).

 

La divisa hispana en estos siglos fue lógicamente Plus ultra, más allá, más allá siempre...

 

Empresa popular y religiosa

 

La lucha contra el Islam invasor fue lo que, por encima de muchas divisiones e intereses contrapuestos, unió en una causa común a todos los reinos cristianos peninsulares, y dentro de ellos a reyes y nobles, clérigos y vasallos, oficios y estamentos. Todos empeñaban la vida por una causa que merecía el riesgo de la muerte. Y la Reconquista iba adelante, con tenacidad multisecular, como empeño nunca olvidado.

 

«Un valle, una llanura, una montaña, una villa, una gran ciudad eran ganadas al Islam porque el Señor había sido generoso; y como proyección de la merced divina, castillos, palacios, casas, heredades... Se habían jugado a cara o cruz la vida, habían tal vez caído en la batalla padres, hijos, hermanos... pero después, en lo alto de las torres, el símbolo magno de la pasión de Cristo. Y nuevas tierras que dedicar al culto del hijo de Dios. Y así un siglo, dos, cinco, ocho» (104)...

 

En seguida venían nuevos templos, fundaciones y donativos para monasterios fronterizos, conversión de mezquitas en iglesias, organización de sedes episcopales, constitución de municipios nuevos, pues sólo poblando se podía reconquistar.

 

En los audaces golpes de mano contra el moro, o en los embates poderosos de grandes ejércitos cristianos, todos invocaban siempre el auxilio de Cristo y de María, de Santiago y de los santos, alzando a ellos una oración «a medias humilde y orgullosa: «Sirvo, luego me debes protección»» (103), y ofreciéndoles después lo mejor del botín conquistado, pues ellos eran los principales vencedores. Tras la victoria, el Te Deum laudamus.

 

En efecto, durante ocho siglos las victorias hispanas eran siempre triunfos cristianos: Fernando III vence en Córdoba, y hace devolver a Santiago las campanas arrebatadas por Almanzor, triunfa en Sevilla, y alza la santa Cruz sobre la torre más alta de la Alhambra granadina. Ni siquiera en tiempos calamitosos de crisis política y social, como en aquellos que precedieron al gran reinado restaurador y unificador de los Reyes Católicos, se olvidaba el empeño de la Reconquista.

 

El programa de gobierno de la reina Isabel al ascender al trono de Castilla, en 1474, expresaba su intención con estas sinceras palabras:

 

«el servicio de Dios, el bien de las Iglesias, la salvación de todas las almas y el honor de estos reinos».

 

Finalmente, tras diez años de tenaz resistencia, caía en Granada el último bastión árabe. En 1492.

 

La Conquista de América, 1493

 

La Reconquista que España hace de sí misma no es sino una preparación para la Conquista de América, que se realiza en perfecta continuidad providencial. El mismo impulso espiritual que moviliza a todo un pueblo de Covadonga hasta Granada, continuó empujándole a las Canarias y a las Antillas, y de allí a Tierra Firme y Nueva España, y en cincuenta años hasta el Río de la Plata y la América del Norte. La Reconquista duró ocho siglos, y la Conquista sólo medio. Esta fue tan asombrosamente rápida porque España hizo en el Nuevo Mundo lo que en la península venía haciendo desde hace ocho siglos. Estaba ya bien entrenada.

 

Y del mismo modo, en continuidad con la tradición multisecular de avanzar, predicar, bautizar, alzar cruces, iglesias y nuevos pueblos para Cristo, ha de entenderse la rápida evangelización de América, esa inmensa transfusión de sangre, fe y cultura, que logró la total conversión de los pueblos misionados, fenómeno único en la historia de la Iglesia.

 

«Sin los siglos de batallas contra el moro, enemigo del Altísimo, de María, de Cristo y de sus Santos, sería inexplicable el anhelo cristianizante de los españoles en América, basado en la misma férvida fe» (106).

 

En las Indias, otra vez vemos unidos en empresa común a Reyes y vasallos, frailes y soldados, teólogos y navegantes. Otra vez castellanos y vascos, andaluces y extremeños, se van a la conquista de almas y de tierras, de pueblos y de oro. Otra vez las encomiendas y las cartas de población, los capitanes y adelantados, las capitulaciones de conquista, las libertades municipales de nuevos cabildos, los privilegios y fueros, la construcción de iglesias o la reconversión de los templos paganos, y de nuevo la destrucción de los ídolos y la erección de monasterios y sedes episcopales.

 

La Conquista, pues, teniendo la evangelización como lo primero, si no en la ejecución, siempre en la intención, era llegar, ver, vencer, repoblar, implantar las formas básicas de una sociedad cristiana, y asimilar a los indígenas, como vasallos de la Corona, prosiguiendo luego el impulso por una sobreabundante fusión de mestizaje, ante el asombro de la esposa india, que se veía muchas veces como esposa única y no abandonada.

 

La Conquista de las Indias es completamente ininteligible sin la experiencia medieval de la Reconquista de España. Concretamente,

 

«la política asimilista pero igualitaria de Castilla, única en la historia de la colonización universal -política que declaró súbditos de la Corona, como los castellanos, a los indios de América y que no convirtió en colonias a las tierras conquistadas sino que las tuvo por prolongación del solar nacional-, no podría explicarse sin nuestro medioevo» (128).

 

Los religiosos en la España del XVI

 

Otro factor que tuvo influjo decisivo en la acción de España en las Indias fue la reforma religiosa que, en la península, anticipándose a la tridentina, se venía realizando ya desde fines del siglo XIV. Eso hizo posible que, en los umbrales del siglo XVI, las Órdenes religiosas principales y las Universidades vivieran una época de gran pujanza.

 

Las más importantes Órdenes religiosas habían experimentado auténticas reformas, los jerónimos en 1373, los benedictinos de Valladolid en 1390. Los franciscanos, a lo largo del siglo XV, se afirmaron en la observancia; junto a ésta crecieron nuevas formas de vida eremítica, ya iniciadas en los eremitorios de Pedro de Villacreces (1395), y en 1555 culminaron su renovación con los descalzos de San Pedro de Alcántara (1499-1562). En cuanto a los dominicos, también durante el siglo XV vivieron intensamente el espíritu de renovación con Luis de Valladolid, el beato Alvaro de Córdoba, el cardenal Juan de Torquemada, o el P. Juan de Hurtado. La renovación cisterciense, por su parte, fue ligada a Martín de Vargas, la agustiniana a Juan de Alarcón, y la trinitaria a Alfonso de la Puebla.

 

Los Reyes Católicos, con la gran ayuda del franciscano Cardenal Francisco Jiménez de Cisneros (1437-1517), arzobispo de Toledo, apoyaron y culminaron en su reinado la reforma de las Órdenes religiosas, ayudando así en grado muy notable a poner firmes fundamentos a la renovación religiosa de España en el siglo XVI. Esto que, como sabemos, tuvo una gran repercusión en el concilio de Trento, fue también de transcendencia decisiva para la evangelización de las Indias.

 

Con todo esto, y con la expulsión de los judíos y los árabes, obrada por un conjunto de causas, España en el XVI es un pueblo homogéneo y fuerte, que tiene por alma única la fe cristiana. Las universidades de Salamanca y Alcalá, bajo el impulso de hombres como Cisneros o Nebrija, se sitúan entre las principales de Europa, uniendo humanismo y biblismo, teología tomista y misticismo. Figuras intelectuales de la talla de Vitoria, Báñez, Soto, Cano, Medina, Carvajal, Villavicencio, Valdés, Laínez, Salmerón, Maldonado, hacen de España la vanguardia del pensamiento cristiano de la época. Igualmente en novela y teatro, poesía y pintura, España está viviendo su Siglo de Oro. En fin, el XVI en España es sobre todo el siglo de un pueblo unido en una misma fe, que florece en santos; pero de ello hemos de tratar en el próximo capítulo.

 

Un pueblo fuerte, elegido para una empresa grandiosa

 

Para conocer una historia es necesario, pero no suficiente, conocer los hechos, pues es preciso también conocer el espíritu, o si se quiere la intención que animó esos hechos, dándoles su significación más profunda. El que desconozca el espíritu medieval hispano de conquista y evangelización que actuó en las Indias, y trate de explicar aquella magna empresa en términos mercantilistas y liberales, propios del espíritu burgués moderno -«cree el ladrón que todos son de su condición»-, apenas podrá entender nada de lo que allí se hizo, aunque conozca bien los hechos, y esté en situación de esgrimirlos.

 

Quienes proyectan sobre la obra de España en las Indias el espíritu del colonialismo burgués, liberal y mercantilista, se darán el gusto de confirmar sus propias tesis con innumerables hechos, pero se verán condenados a no entender casi nada de aquella grande historia.

 

Oigamos aquí por última vez a don Claudio Sánchez de Albornoz:

 

«No, no fueron casuales ni el descubrimiento ni la conquista ni la colonización de América. El descubrimiento fue fruto de un acto de fe y de audacia pero, además, de la idiosincrasia de Castilla. Otro hombre de fe y de audacia habría podido proyectar la empresa; es muy dudoso que otro pueblo con otra histórica tradición que el castellano a fines del s. XV le hubiese secundado. Un pueblo de banqueros como Génova o un pueblo como Venecia, de características bien notorias, difícilmente hubiese arriesgado las sumas que la aventuradísima empresa requería. Sólo un pueblo sacudido por un desorbitado dinamismo aventurero tras siglos de batalla y de empresas arriesgadas y con una hipersensibilidad religiosa extrema podía acometer la aventura...

 

«Pero admitamos lo imposible, que América no hubiese sido descubierta por Castilla; algo me parece indudable: sólo Castilla hubiese conquistado y colonizado América. ¿Por qué? He aquí el nudo del problema. La conquista no fue el resultado natural del descubrimiento. Imaginemos que Colón, contra toda verosimilitud, hubiese descubierto América al frente de una flotilla de la Señoría de Génova o de naves venecianas; podemos adivinar lo que hubiese ocurrido. Se habrían establecido factorías, se habrían buscado especias, se habría pensado en los negocios posibles... Podemos imaginar lo que hubiese ocurrido, porque tenemos ejemplos históricos precisos» (23).

 

Si proyectamos el espíritu de hoy, burgués y liberal, comercial y consumista, sobre la empresa histórica de España en las Indias, la falsearemos completamente, y no podremos entender nada de ella.

 

Roma confía América a España para que la evangelice

 

Al regreso de Colón, los Reyes Católicos ven inmediatamente la necesidad de conseguir la autorización más alta posible para que España pueda cumplir la grandiosa misión que la Providencia le ha encomendado en América. El Tratado de Alcaçovas-Toledo, establecido con Portugal en 1479, había clarificado entre las dos potencias ibéricas las áreas de influjo en la zona de Canarias, África y camino del Oriente, pero nada había determinado de posibles navegaciones hacia el Oeste. Por eso, en cuanto Colón regresó de América, rápidas gestiones de los Reyes españoles consiguieron del papa Alejandro VI, antes del segundo viaje colombino, las Bulas Inter cætera (1493), en las que se afirman unas normas de muy alta transcendencia histórica.

 

«Sabemos, dice el Papa a los Reyes Católicos, que vosotros, desde hace tiempo, os habíais propuesto buscar y descubrir algunas islas y tierras firmes lejanas y desconocidas, no descubiertas hasta ahora por otros, con el fin de reducir a sus habitantes y moradores al culto de nuestro Redentor y a la profesión de la fe católica; y que hasta ahora, muy ocupados en la reconquista del reino de Granada, no pudisteis conducir vuestro santo y laudable propósito al fin deseado».

 

Pues bien, sigue diciendo el Papa, con el descubrimiento de las Indias llegó la hora señalada por Dios,

 

«para que decidiéndoos a proseguir por completo semejante empresa, queráis y debáis conducir a los pueblos que viven en tales islas y tierras a recibir la religión católica». Así pues, «por la autoridad de Dios omnipotente concedida a San Pedro y del Vicariato de Jesucristo que ejercemos en la tierra, con todos los dominios de las mismas... a tenor de la presente, donamos, concedemos y asignamos todas las islas y tierras firmes descubiertas y por descubrir a vos y a vuestros herederos». Y al mismo tiempo, «en virtud de santa obediencia», el Papa dispone que los Reyes castellanos «han de destinar varones probos y temerosos de Dios, doctos, peritos y expertos para instruir a los residentes y habitantes citados en la fe católica e inculcarles buenas costumbres» (A. Gutiérrez, América 122-123).

 

Roma, pues, envía claramente España a América, y en el nombre de Dios se la da para que la evangelice. En otras palabras, el único título legítimo de dominio de España sobre el inmenso continente americano reside en la misión evangelizadora.

 

El profesor L. Suárez, medievalista, recuerda aquí que ya Clemente V, hacia 1350, enseñaba que

 

«la única razón válida para anexionar un territorio y someter a sus habitantes es proporcionar a éstos algo de tanto valor que supere a cualquier otro. Y es evidente que la fe cristiana constituye este valor» (La Cierva, Gran Hª 503).

 

El Patronato Real

 

El Patronato real fue históricamente el modo en que se articuló esta misión de la Corona de España hacia las Indias. El Patronato real sobre las Indias no fue sino una gran amplificación de la institución del patronato, desde antiguo conocida en el mundo cristiano: por él la Iglesia señalaba un conjunto de privilegios y obligaciones a los patronos o fundadores de templos o colegios, hospitales o monasterios, o a los promotores de importantes obras religiosas. El Padroao de los Reyes lusitanos fue el precedente inmediato al de la Corona española.

 

Por el real Patronato, los Reyes castellanos, como delegados del Papa, y sujetos a las leyes canónicas, asumieron así la administración general de la Iglesia en las Indias, con todo lo que ello implicaba: percepción de diezmos, fundación de diócesis, nombramientos de obispos, autorización y mantenimiento de los misioneros, construcción de templos, etc. Julio II, en la Bula Universalis Ecclesiæ, concedida a la Corona de Castilla en la persona de Fernando el Católico, dio la forma definitiva a este conjunto de derechos y deberes.

 

Pronto se crearon las primeras diócesis americanas, y las Capitulaciones de Burgos (1512) establecieron el estatuto primero de la Iglesia indiana. Cuando Roma vio con los años el volumen tan grande que iba cobrando la Iglesia en América, pretendió en 1568 suprimir el Patronato, pero Felipe II no lo permitió. Poco después, la Junta Magna de Madrid (1574) fue un verdadero congreso misional, en el que se impulsó la autonomía relativa de los obispos en las Indias para nombramientos y otras graves cuestiones. Las modernas Repúblicas hispanoamericanas mantuvieron el régimen del Patronato hasta el concilio Vaticano II, y en algunas todavía perdura, en la práctica al menos de algunas cuestiones.

 

Mal comienzo

 

España, en efecto, con la ayuda de Dios, era un pueblo bien dispuesto para acometer la empresa inmensa de civilizar y evangelizar el Nuevo Mundo. Sin embargo, a los comienzos, cuando todavía no existía una organización legal, ni se conocían las tierras, todavía envueltas en las nieblas de la ignorancia, el personalismo anárquico y la improvisación, la codicia y la violencia, amenazaron con pervertir en su misma raíz una acción grandiosa.

 

Para empezar, Cristóbal Colón, con altos títulos y pocas cualidades de gobernante, fracasó en las Indias como Virrey Gobernador. Tampoco el comendador Bobadilla, que le sucedió en 1500, en Santo Domingo, capital de La Española, pudo hacer gran cosa con aquellos indios diezmados y desconcertados, y con unos cientos de españoles indisciplinados y divididos entre sí.

 

Alarmados los Reyes, enviaron en 1502 al comendador fray Nicolás de Ovando, con 12 franciscanos y 2.500 hombres de todo oficio y condición, Bartolomé de Las Casas entre ellos. En las Instrucciones de Granada (1501) los Reyes dieron a Ovando normas muy claras. Ellos querían tener en los indios vasallos libres, tan libres y bien tratados como los de Castilla:

 

«Primeramente, procuraréis con mucha diligencia las cosas del servicio de Dios... Porque Nos deseamos que los indios se conviertan a nuestra santa Fe católica, y sus almas se salven... Tendréis mucho cuidado de procurar, sin les hacer fuerza alguna, cómo los religiosos que allá están los informen y amonesten para ello con mucho amor... Otrosí: Procuraréis como los indios sea bien tratados, y puedan andar seguramente por toda la tierra, y ninguno les haga fuerza, ni los roben, ni hagan otro mal ni daño». Si los caciques conocen algún abuso, «que os lo hagan saber, porque vos lo castigaréis». Los tributos para el Rey han de ser con ellos convenidos, «de manera que ellos conozcan que no se les hace injusticia». En fin, si los oficiales reales hicieran algo malo, «quitarles heis el oficio, y castigarlos conforme a justicia... y en todo hacer como viéredes que cumple al servicio de Dios, y descargo de nuestras conciencias, y provecho de nuestras rentas, pues de vos hacemos toda la confianza» (Céspedes del Castillo, Textos n.14).

 

Ovando, caballero profeso de la orden de Alcántara, con gran energía, puso orden y mejoró notablemente la situación -Las Casas le elogia-, ganándose el respeto de todos. Pero en una campaña de sometimiento, en la región de Xaraguá, avisado de ciertos preparativos belicosos de los indios, ordenó una represalia preventiva, en la que fue muerta la reina Anacaona. La Reina Isabel alcanzó a saber esta salvajada, que ocasionó a Ovando, a su regreso, una grave reprobación por parte del Consejo Real.

 

El Testamento de Isabel la Católica

 

La reina Isabel veía que su vida se iba acabando, y con ésta y otras noticias estaba angustiada por la suerte de los indios, de modo que mes y medio después de hacer su Testamento, un día antes de morir, el 25 de noviembre de 1504, le añade un codicilo en el que expresa su última y más ardiente voluntad:

 

«De acuerdo a mis constantes deseos, y reconocidos en las Bulas que a este efecto se dieron, de enseñar, doctrinar buenas costumbres e instruir en la fe católica a los pueblos de las islas y tierras firmes del mar Océano, mando a la princesa, mi hija, y al príncipe, su marido, que así lo hayan y cumplan, e que este sea su principal fin, e que en ello pongan mucha diligencia, y non consientan ni den lugar que los indios, vecinos y moradores de las dichas Indias y tierra firme, ganadas y por ganar, reciban agravio alguno en sus personas y bienes, mas manden que sean bien y justamente tratados. Y si algún agravio han recibido, lo remedien y provean».

 

El terrible acabamiento de los indios

 

Se remediaron algunos de los abusos más patentes de la primera hora, pero las cosas seguían estando muy mal. De los 100 o 200.000 indígenas, o quizá un millón, de La Española, en 1517 sólo quedaban unos 10.000. En los años siguientes, aunque no en proporciones tan graves, se produjo un fenómeno análogo en otras regiones de las Indias. ¿Cómo explicarlo? No puede acusarse simultáneamente a los españoles de asesinos y de explotadores de los indios, pues ningún ganadero mata por sadismo el ganado que está explotando. Tuvo que haber, además de las guerras y malos tratos, otra causa...

 

Y la hubo. Hace tiempo se sabe que la causa principal de ese pavoroso declive demográfico se debió a las pestes, a la total vulnerabilidad de los indios ante agentes patógenos allí desconocidos. En lo referente, concretamente, a la tragedia de La Española, donde la despoblación fue casi total, estudios recientes del doctor Francisco Guerra han mostrado que

 

«la gran mortalidad de los indios, y previamente de los españoles, se debe a una epidemia de influenza suina o gripe del cerdo» (La Cierva, Gran Hª 517).

 

El mexicano José Luis Martínez, en su reciente libro Hernán Cortés, escribe que el

 

«choque microbiano y viral, según Pierre Chaunu, fue responsable en un 90% de la caída radical de la población india en el conjunto entonces conocido de América» (19).

 

Por lo demás, no se conoce bien cuánta población tenía América en tiempos del descubrimiento. Rosenblat calcula que en las Indias había

 

«al tiempo de la Conquista 13.385.000 habitantes. Pues bien, cuarenta años después, en 1570, ella se había reducido a 10.827.000» (Zorrilla, Gestación 81).

 

Otros autores, como José Luis Martínez, siguiendo a Borah, Cook o Simpson, del grupo de Berkeley, dan cifras muy diversas, y consideran que el número

 

«de 80 millones de habitantes en 1520 descendió a 10 millones en 1565-1570»

 

(Cortés 19). Parece, sin embargo, que sí hay actualmente coincidencia en ver las epidemias como la causa principal del trágico despoblamiento de las Indias, pues caídas demográficas semejantes se produjeron también entre los indios sin acciones bélicas:

 

«Tal es el caso, escribe Alcina, de la Baja California que, entre los años 1695 y 1740, pierde más del 75 por 100 de su población, sin que haya habido acción militar de ningún género» (Las Casas 54; +N. Sánchez-Albornoz, AV, Historia de AL 22-23).

 

Concretamente, el efecto de las epidemias en México, al llegar los españoles, fue ya descrito por el padre Mendieta, a fines del XVI, cuando da cuenta de las siete plagas sucesivas que abrumaron a la población india (Historia ecl. indiana IV,36). La primera, concretamente, la de 1520, fue de viruela, y «en algunas provincias murió la mitad de la gente».

 

De esa misma plaga leemos en las Crónicas indígenas:

 

«Cuando se fueron los españoles de México [tras su primera entrada frustrada] y aun no se preparaban los españoles contra nosotros se difundió entre nosotros una gran peste, una enfermedad general... gran destruidora de gente. Algunos bien les cubrió, por todas partes [de su cuerpo] se extendió... Muchas gentes murieron de ella. Ya nadie podía andar, no más estaban acostados, tendidos en su cama. No podía nadie moverse... Muchos murieron de ella, pero muchos solamente de hambre murieron: hubo muertos por el hambre: ya nadie tenía cuidado de nadie, nadie de otros se preocupaba... El tiempo que estuvo en fuerza esta peste duró sesenta días» (León-Portilla, Crónicas 122; +G. y J. Testas, Conquistadores 120).

 

De todos modos, en los comienzos y también después, la despoblación angustiosa de los indios en toda América, aunque debida sobre todo a las epidemias, tuvo otras graves causas: el trabajo duro y rígidamente organizado impuesto por los españoles, al que los indios apenas se podían adaptar; la malnutrición sufrida con frecuencia por la población indígena a consecuencia de requisas, de tributos y de un sistema de cultivos y alimentación muy diversos a los tradicionales; los desplazamientos forzosos para acarreos, expediciones y labores; el trabajo en las minas; las incursiones bélicas de conquista y los malos tratos, así como las guerras que la presencia del nuevo poder hispano ocasionó entre las mismas etnias indígenas; la caída en picado del índice de natalidad, debido a causas biológicas, sociales y psicológicas...

 

El sermón de fray Antonio de Montesinos, 1511

 

El primer domingo de Adviento de 1511 en Santo Domingo, el dominico fray Antonio de Montesinos, con el apoyo de su comunidad, predicó un sermón tremendo, que resonó en la pequeña comunidad de españoles como un trueno, pues en él denunciaba con acentos apocalípticos -no era para menos- los malos tratos que estaban sufriendo los indios:

 

«¿Estos no son hombres? ¿Con éstos no se deben guardar y cumplir los preceptos de caridad y de la justicia? ¿Estos no tenían sus tierras propias y sus señores y señoríos? ¿Estos hannos ofendido en algo? ¿La ley de Cristo, no somos obligados a predicársela y trabajar con toda diligencia de convertirlos?... Todos estáis en pecado mortal, y en él vivís y morís, por la crueldad y tiranía que usáis con estas inocentes gentes».

 

A todas estas exhortaciones y reprensiones morales gravísimas, que quizá no eran del todo nuevas para los oyentes, añadió Montesinos una cuestión casi más grave:

 

«Decid, ¿con qué derecho y con qué justicia tenéis en tan cruel y horrible servidumbre a aquestos indios? ¿Con qué autoridad habéis hecho tan detestables guerras a estas gentes, que estaban en sus tierras mansas y pacíficas, donde tan infinitas de ellas, con muerte y estragos nunca oídos, habéis consumido?».

 

Las Casas nos cuenta de Montesinos que

 

«concluído el sermón, bájase del púlpito con la cabeza no muy baja»... (Céspedes, Textos n.15).

 

Lo planteado por aquel fraile era sumamente grave: ¿Con qué derecho estamos, actuamos y mandamos aquí?

 

 

Un clamor continuo de protestas

 

La acción de España en las Indias fue sin duda mucho mejor que la realizada por otras potencias de la época en el Brasil o en el Norte de América, y que la desarrollada modernamente por los europeos en Africa o en Asia. Sin embargo, hubo en ella innumerables crímenes y abusos. Pues bien, la autocrítica continua que esos excesos provocó en el mundo hispano no tiene tampoco comparación posible en ninguna otra empresa imperial o colonizadora de la historia pasada o del presente.

 

Por eso, al hacer memoria de los hechos de los apóstoles de América, es de justicia que, al menos brevemente, recordemos las innumerables voces que se alzaron en defensa de los indios, y que promovieron eficazmente su bien, evitando muchos males o aliviándolos.

 

Los Reyes Católicos, cortando en seco ciertas ideas esclavistas de Colón o reprochando acerbamente a Ovando su acción de Xaraguá, van a la cabeza de la más antigua tradición indigenista. De las innumerables denuncias formuladas al Rey o al Consejo de Indias por representantes de la Corona en las Indias, recordaremos como ejemplo aquella carta que Vasco Núñez de Balboa, en 1513, escribe al Rey desde el Darién quejándose del mal trato que los gobernadores Diego de Nicuesa y Alonso de Hojeda daban a los indios, que

 

«les parece ser señores de la tierra... La mayor parte de su perdición ha sido el maltratamiento de la gente, porque creen que desde acá una vez los tienen, que los tienen por esclavos» (Céspedes, Textos n.18). En todo caso, las denuncias sobre abusos en las Indias fueron formuladas sobre todo por los misioneros.

 

Así, a finales del XV, llegaron a España las acusaciones de los franciscanos belgas Juan de la Deule y Juan Tisin (La Cierva, Gran Hª 523). En 1511 fue la explosión del sermón de Montesinos. En 1513, fray Matías de Paz, catedrático de Salamanca, escribe Del dominio de los reyes de España sobre los indios, denunciando el impedimento que los abusos ponen a la evangelización, y afirmando que jamás los indios «deben ser gobernados con dominio despótico» (Céspedes, Textos 31). José Alcina Franch hace un breve elenco de varias intervenciones semejantes (Las Casas 29-36).

 

El dominico fray Vicente Valverde, en 1539, escribe al Rey desde el Cuzco acerca de los abusos sufridos por los indios

 

«de tantos locos como hay contra ellos», y le refiere cómo «yo les he platicado muchas veces diciendo cómo Vuestra Majestad los quiere como a hijos y que no quiere que se les haga agravio alguno».

 

En 1541, también desde el Cuzco, el bachiller Luis de Morales dirige al Rey informes y reclamaciones semejantes. También son de 1541 las graves denuncias que fray Toribio de Benavente, Motolinía, hace en su Historia de los indios de la Nueva España, contra los abusos de los españoles, sobre todo en los inicios de su presencia indiana, aunque también los defiende con calor de las difamaciones procedentes del padre Las Casas.

 

Ya desde los comienzos de la conquista, que es cuando los abusos se produjeron con más frecuencia, las voces de protesta fueron continuas en todas las Indias.

 

Podemos tomar en esto, como ejemplo significativo, la actitud de los obispos de Nueva Granada (Colombia-Venezuela), región que, como veremos más adelante, fue conquistada con desorden y mal gobernada en la primera época.

 

El primer obispo de Santa Marta, de 1531, fue el dominico fray Tomás Ortiz, cuya enérgica posición indigenista es tanto más notable si se tiene en cuenta su relación de 1525 al emperador Carlos, en la que informa que aquellos indios

 

«comen carne humana y [son] sodométicos más que generación alguna... andan desnudos, no tienen amor ni vergüenza, son como asnos, abobados, alocados, insensatos» (Egaña, Historia 15).

 

Este obispo, que fue primer protector de los indios en Nueva Granada, escribe a la Audiencia de La Española, denunciando los atropellos cometidos en una entrada, que dejó a los indios «escandalizados y alborotados y con odio a los cristianos». Su sucesor, el franciscano Alonso de Tobes, se enfrentó duramente a causa de los indios con el gobernador Fernández de Lugo.

 

El nuevo obispo, desde 1538, Juan Fernández de Angulo, en 1540 escribe con indignación al rey, y Las Casas hace un extracto de la carta en la Destrucción:

 

«En estas partes no hay cristianos, sino demonios; ni hay servidores de Dios ni del rey, sino traidores a su ley y a su rey». Los indios están tan escandalizados que «ninguna cosa les puede ser más odiosa ni aborrecible que el nombre de cristianos. A los cuales ellos, en toda esta tierra, llaman en su lengua yares, que quiere decir demonios; y sin duda ellos tienen razón... Y como los indios de guerra ven este tratamiento que se hace a los de paz, tienen por mejor morir de una vez que no muchas en poder de cristianos».

 

En 1544, fray Francisco de Benavides, obispo de la vecina Cartagena de Indias, tercer protector de los indios en Nueva Granada, comunica al Consejo de Indias:

 

«Yo temo que las Indias han de ser para que algunos no vayamos al Paraíso. Y la causa más principal es que no queremos creer que lo que tomamos a los indios de más de lo tasado, somos obligados a restituirlo».

 

En 1547, fray Martín de Calatayud, jerónimo obispo de Santa Marta y cuarto protector de los indios en Nueva Granada, estima que por entonces no hay posibilidad de evangelizar aquellos indios,

 

«por ser de su natural de los más diabólicos de todas las Indias, y, sobre todo, por el mal tratamiento que les han hecho los pasados cristianos... tomándoles por esclavos y robándoles sus haciendas»,

 

y renuncia a su protectoría en protesta de tantos abusos de los españoles (Egaña 16,17).

 

En 1548, el vecino obispo de Popayán, el protector de los indios Juan del Valle, se manifiesta también en muy fuertes términos pro-indigenistas.

 

En España, las Cortes Generales se hacen eco de todas estas voces, y en 1542, reunidas en Valladolid, elevan al emperador esta petición:

 

«Suplicamos a Vuestra Majestad mande remediar las crueldades que se hacen en las Indias contra los indios, porque de ello será Dios muy servido y las Indias se conservarán y no se despoblarán como se van despoblando» (Alcina 34).

 

Y por lo que se refiere a las denuncias literarias de los abusos en las Indias, fueron muchos los libros y panfletos, relaciones y cartas, destacando aquí la enorme obra escrita por el padre Las Casas, de la que en seguida nos ocuparemos. Recordemos aquí algunos ejemplos (36-41).

 

En 1542 el letrado Alonso Pérez Martel de Santoyo, asesor del Cabildo de Lima, envía a España una Relación sobre los casos y negocios que Vuestra Majestad debe proveer y remediar para estos Reinos del Perú.

 

En sentido semejante va escrita la Istoria sumaria y relación brevíssima y verdadera (1550), de Bartolomé de la Peña. De esos años es también La Destruyción del Perú, de Cristóbal de Molina o quizá de Bartolomé de Segovia. En 1550 el dominico fray Domingo de Santo Tomás, obispo de Charcas, autor de un Vocabulario y de una Gramática de la lengua general de los indios del Reyno del Perú (1560), escribe al Rey una carta terrible

 

«acerca de la desorden pasada desde que esta tierra en tan mal pie se descubrió, y de la barbarería y crueldades que en ella ha habido y españoles han usado, hasta muy poco ha que ha empezado a haber alguna sombra de orden...; desde que esta tierra se descubrió no se ha tenido a esta miserable gente más respeto ni aun tanto que a animales brutos» (Egaña, Historia 364).

 

En 1556, un conjunto de indios notables de México, entre ellos el hijo de Moctezuma II, escriben a Felipe II acerca de «los muchos agravios y molestias que recibimos de los españoles», solicitando que Las Casas sea nombrado su protector ante la Corona. En 1560 fray Francisco de Carvajal escribe Los males e injusticias, crueldades, robos y disensiones que hay en el Nuevo Reino de Granada. También en defensa de los indios está la obra del bachiller Luis Sánchez Memorial sobre la despoblación y destrucción de las Indias, de 1566.

 

Esta autocrítica se prolonga en la segunda mitad del XVI, como en el franciscano Mendieta (Historia eclesiástica indiana, 1596, p.ej., IV,37), y todavía se prolonga en el siglo XVII, en obras como el Memorial segundo, de fray Juan de Silva (Céspedes, Textos n.70), la Sumaria relación en las cosas de Nueva España, de Baltasar Dorantes de Carranza; la Monarquía indiana de fray Juan de Torquemada; la Historia general de las Indias Occidentales, de fray Antonio de Remesal; el Libro segundo de la Crónica Mescelánea, de fray Antonio Tello; o los escritos de Gabriel Fernández Villalobos, marqués de Varinas, Vaticinios de la pérdida de las Indias, Desagravio de los indios y reglas precisamente necesarias para jueces y ministros, y Mano de relox que muestra y pronostica la ruina de América.

 

Por otra parte, era especialmente en el sacramento de la confesión donde las conciencias de los cristianos españoles en las Indias eran sometidas a iluminación y juicio. De ahí la importancia que para la defensa de los indios y la promoción de su bien tuvieron obras como la del primer arzobispo de Lima, fray Jerónimo de Loayza, publicada en 1560, Avisos breves para todos los confesores destos Reynos del Perú (Olmedo, Loaysa, Apénd. IV), o entre 1560 y 1570 las Instrucciones de los padres dominicos para confesar conquistadores y encomenderos.

 

Puede decirse, pues, que durante el siglo XVI la autocrítica hispana sobre la acción en las Indias fue continua, profunda, tenida en cuenta en las leyes y hasta cierto punto en las costumbres. Y esto nos lleva a considerar una realidad muy notable.

 

Llama la atención que obras tan incendiarias como algunas de las citadas, no tuvieran dificultad alguna con la censura, en una época, como el XVI, en que cualquier libro sospechoso era secuestrado, sin que ello produjera ninguna reacción popular negativa.

 

La Inquisición, iniciada en la Iglesia a principios del siglo XIII, fue implantada en Castilla en 1480, y no estuvo ociosa. Sin embargo, en el tema de las Indias, los autores más duros, como Las Casas, no sólamente no fueron perseguidos en sus escritos, sino que recibieron promociones a altos cargos reales o episcopales. Las Casas fue Protector de los indios y elegido Obispo de Chiapas, y toda su vida gozó del favor del Rey y del Consejo de Indias.

 

Con razón, pues, han observado muchos historiadores que el hecho de que las máximas autoridades de la Corona y de la Iglesia permitieran sin límite alguno la proliferación de esta literatura de protesta -a veces claramente difamatoria, como en ocasiones la que difundió Las Casas-, es una prueba patente de que tanto en los que protestaban como en las autoridades que toleraban las acusaciones había una sincera voluntad de llegar en las Indias al conocimiento de la realidad y a una vida según leyes más justas.

 

En el tema de las Indias, si exploramos la España de la época, no hubo miedo a la verdad, sino búsqueda apasionada de la misma.

 

La encomienda

 

La encomienda fue en el XVI la clave de todas las discusiones sobre el problema social de los indios en América. Cuando los españoles llegaron a las Indias, aquel inmenso continente, de posibilidades formidables en la agricultura, ganadería y minería, estaba prácticamente sin explotar. La mayoría de los indios eran selváticos, pero los mismos indígenas más desarrollados, como aztecas e incas, tenían muy reducidas sus áreas de cultivo, pues ignoraban el arado, la rueda, no tenían animal alguno de tracción, y desconocían en general las técnicas que hacen posibles los amplios cultivos agropecuarios.

 

Pero, sobre todo, ignoraban las formidables posibilidades creativas de un trabajo humano fijo y diario, organizado y sistemático. Así las cosas, ¿cómo hispanos e indios podían colaborar, asociados en un gigantesco trabajo común, que aunase la técnica e iniciativa moderna y la fuerza y habilidad de los indios? ¿Cómo establecer un sistema laboral que permitiese multiplicar la producción, como así sucedió, por diez o por cien en unos pocos decenios?...

 

Prohibida la esclavitud por la Corona, se fue imponiendo desde el principio, con una u otra forma, el sistema de la encomienda, que ya tenía antecedentes en el Derecho Romano, en las leyes castellanas medievales y en algunas costumbres indígenas. Solórzano la define así:

 

«Un derecho concedido por merced real a los beneméritos de las Indias para recibir y cobrar para sí los tributos de los indios que se le encomendaren por su vida y la de un heredero, con cargo de cuidar de los indios en lo espiritual y defender las provincias donde fueren encomendados» (Política indiana II,8).

 

Carlos Alvear Acevedo, historiador mexicano actual -cuya Historia de México, por cierto, en 1986 había tenido ya 40 ediciones- describe así la encomienda:

 

«Un grupo de familias de indios, que vivían en sus lugares de costumbre, que disponían de la propiedad de sus tierras y que contaban con la autoridad de sus mismos caciques, fueron sometidas al gobierno de un español. Los indios eran los encomendados. El español era el encomendero» (161).

 

Unos y otros tenían sus derechos y obligaciones. El encomendero tenía la obligación de dirigir el trabajo de los indios, de cuidarles, y de procurarles instrucción religiosa, al mismo tiempo que tenía el derecho de percibir de los indios un tributo.

 

Aun conscientes de los muchos peligros de abusos que tal sistema entrañaba, Cortés, los gobernantes de la Corona, y en general los misioneros, concretamente los franciscanos, aceptaron la encomienda, y se preocuparon de su moderación y humanización. A la vista de las circunstancias reales, estimaron que sin la encomienda apenas era posible la presencia de los españoles en la India, y que sin tal presencia corría muy grave peligro no sólo la civilización y humanización del continente, sino la misma evangelización. Por eso, cuando las Leyes Nuevas de 1542, bajo el influjo de Las Casas, quisieron terminar con ellas, los superiores de las tres Ordenes misioneras principales, franciscanos, dominicos y agustinos, intercedieron ante Carlos I para que no se aplicase tal norma.

 

De todos modos, la institución de la encomienda siempre fue criticada y moderada por los misioneros, que veían en ella una ocasión para múltiples abusos, y siempre fue restringida por la Corona, en parte por escrúpulos de conciencia, y en parte porque, como señala Céspedes del Castillo,

 

«no podía tolerar la aparición [en América] de una nueva aristocracia señorial y con ribetes de feudal que, si lograba afirmarse, no habría modo de controlar desde el otro lado del Atlántico».

 

Por eso, las leyes españolas de Indias, siempre con el apoyo de los misioneros, fueron siempre muy restrictivas, haciendo que la encomienda de servicio fuera derivando a ser encomienda de tributo, «sin que el encomendero tenga contacto con los indios ni autoridad sobre ellos» (América hisp. 92-93).

 

J. H. Elliot explica bien esta importante cuestión:

 

«Para una Corona deseosa de consolidar y asegurar su propio control sobre los territorios recientemente adquiridos, el auge de la esclavitud y del sistema de encomienda constituía un serio peligro. Desde el principio, Fernando e Isabel se habían mostrado decididos a evitar el desarrollo, en el Nuevo Mundo, de las tendencias feudales que durante tanto tiempo habían minado, en Castilla, el poder de la Corona. Reservaron para ésta todas las tierras no ocupadas por los indígenas, con la intención de evitar la repetición de los hechos del primer período de la Reconquista, cuando las tierras abandonadas fueron ocupadas por la iniciativa privada sin títulos legales. Al hacer el reparto de las tierras tuvieron mucho cuidado en limitar la extensión concedida a cada individuo, para prevenir así la acumulación, en el Nuevo Mundo, de extensas propiedades según el modelo andaluz [...]

 

«El desarrollo del sistema de la encomienda, sin embargo, podía frustrar perfectamente los planes de la Corona. Existían afinidades naturales entre la encomienda y el feudo, y se corría el peligro de que los encomenderos llegaran a convertirse en una poderosa casta hereditaria. Durante los primeros años de la conquista la Corte se vio inundada de solicitudes de creación de señoríos indianos y de perpetuación de encomiendas en las familias de los primeros encomenderos. Con notable habilidad, el Gobierno se las arregló para dar de lado a estas peticiones y retrasar las decisiones que los colonizadores aguardaban con ansiedad. Debido a esto las encomiendas no llegaron nunca a ser hereditarias de un modo formal, y su valor se vio constantemente reducido por la imposición de nuevas cargas tributarias, cada vez que se producía una vacante. Además, cuantas más encomiendas revertían a la Corona más decrecía el número de los encomenderos, y éstos fueron perdiendo importancia como clase a medida que transcurría el siglo» XVI...

 

No logró, pues, formarse en la América hispana una clase poderosa de grandes propietarios.

 

«En vez de ello, los funcionarios de la Corona española consolidaron lentamente su autoridad en todos los aspectos de la vida americana, y obligaron a los encomenderos y a los cabildos a sometérseles. La realización es mucho más notable si se la ve recortada ante el sombrío telón de fondo de la Castilla del siglo XV. A mediados de este siglo, los reyes castellanos no podían ni siquiera gobernar su propio país; un centenar de años después eran los gobernantes efectivos de un vasto imperio que se hallaba a miles de millas de distancia. El cambio sólo puede explicarse gracias a la extraordinaria realización real durante los años intermedios: la edificación de un Estado por Isabel y Fernando» (La España 74-75).

 

La concentración de la propiedad agraria en pocas manos, tan común hoy en muchas partes de Hispanoamérica, rara vez procede de la época primera del descubrimiento y la conquista, sino que se fue desarrollando con el tiempo, sobre todo a partir de la Independencia.

 

Para valorar la repercusión social de este hecho se debe además tener en cuenta el cambio profundo que durante este proceso se fue operando en la misma concepción jurídica de la propiedad, y particularmente en lo referente a la propiedad de gran número de bienes que pertenecieron a los comunales de los pueblos o a la Iglesia, y que procedían, al paso de los años, de legados y donaciones.

 

Estos bienes, de ser bienes vinculados, no vendibles, «de mano muerta», protegidos así para cumplir su función esencial al servicio del bien común -mantenimiento del culto y de doctrinas, de escuelas, hospitales y asilos, de tierras de pastos y de cultivos comunales o arrendadas para ayuda de los más necesitados-, pasaron en la «desamortización», durante la revolución liberal del XIX, a ser propiedades de libre disposición, con nuevos dueños que comerciaron con ellas, obtuvieron notables enriquecimientos, y consiguieron una acumulación progresiva de grandes propiedades.

 

Este proceso ya fue parcialmente anticipado por la política ilustrada del XVIII, como se ve, por ejemplo, en la extinción de las reducciones jesuíticas. En efecto, la expulsión de los jesuitas (1768), inspirada por esa política, trajo consigo el empobrecimiento y la dispersión de los indios, cuando los padres de la Compañía de Jesús fueron sustituidos por administradores, y éstos más tarde por propietarios privados.

 

De este modo, en el transcurso de algunas generaciones, gran número de tierras fueron pasando a manos de muy reducidos grupos oligárquicos, con lo cual los ricos se enriquecieron más y los pobres se quedaron más pobres. De ahí suelen proceder muchos de los grandes propietarios que han llegado hasta nuestros días.

 

Es cierto, sin embargo, y conviene recordarlo, que algunos de estos nuevos grandes propietarios, manteniendo la conciencia católica y la tradición hispana, permanecieron en sus tierras, y administraron sus fundos con un cierto sentido benéfico hacia los trabajadores -procurando casas y escuelas, velando por su seguridad social, organizando misiones, etc.-; pero los más, integrándose en la alta burguesía de las capitales, cayeron de lleno en la dureza del capitalismo liberal.

 

Pues bien, mientras la encomienda estuvo vigente, tuvo formas concretas, e incluso jurídicas, bastante diversas según las regiones de América. Frecuentemente restringida en el XVI, su extinción legal se fue preparando a lo largo del XVII -por ejemplo, con gravámenes desventajosos para los encomenderos-. Y por último, cambiadas ya las circunstancias sociales y laborales, la encomienda fue suprimida prácticamente en todas las Indias en 1718.

 

Buena parte de los debates jurídicos y teológicos del XVI giraron en torno a la encomienda y el repartimiento, que fueron viéndose como un mal menor.

 

A medida que se fue creando una opinión generalizada en cuanto a la inevitabilidad de la encomienda, la indignación de Las Casas fue creciendo, pues en ellas él veía algo, por decirlo así, intrínsecamente perverso. No era para él la encomienda un tema social y político discutible, sobre el cual varones prudentes y sinceramente amantes de los indios se dividían en sus opiniones, sino que era algo malo per se.

 

Por eso cuando, ya muy anciano, supo que sus mismos hermanos dominicos de Guatemala informaban favorablemente de la situación de los indios, les envió en 1563 una carta amarga, llena de reproches. Pero hablemos del padre Las Casas más detenidamente, pues en el siglo XVI él fue sin duda el eje principal de todo el debate moral hispano sobre las Indias.

 

Fray Bartolomé de Las Casas (1484-1566)

 

Bartolomé de Las Casas nació en Sevilla hacia 1484, y ha tenido múltiples biógrafos, el más reciente y uno de los mejores, Pedro Borges. Tuvo Las Casas una instrucción elemental, y después de ser en 1500 auxiliar de las milicias que sofocaron la insurrección morisca en Granada, pasó a las Indias, a La Española, en 1502, en la escuadra de Ovando. Fracasó buscando oro en el Haina, y tampoco le fue bien luego en las minas de Cibao, al frente de una cuadrilla de indios que le dieron. Participó en campañas contra los indios en 1503 y 1505, y con los esclavos que recibió en premio explotó una estancia junto al río Janique de Cibao, extrayendo también oro.

 

Se ordenó sacerdote en Roma en 1506, siguió sin demasiado éxito su explotación de Cibao, y en 1510 celebró su primera misa, aunque todavía no se ocupaba de ministerios espirituales. En 151l -el año del sermón de Montesinos- se alistó para la conquista de Cuba, y participó como capellán en la dura campaña de Pánfilo de Narváez contra los indios. Con los muchos indios que le tocaron en repartimiento, fue encomendero en Canarreo, hasta 1514, en que se produce su primera conversión, y renuncia a la encomienda.

 

En 1515 gestiona la causa de los indios ante el rey Fernando y ante los cardenales Cisneros y Adriano de Utrecht. Cisneros le encarga que, con el padre Montesinos y el doctor Palacios Rubios, prepare un memorial sobre los problemas de las Antillas, y le nombra protector de los indios. En 1516 volvió a La Española con un equipo de jerónimos. Autorizados éstos como virtuales gobernadores, pronto dieron de lado al control de Las Casas, ya que ellos, lo mismo que los franciscanos, aceptaron las encomiendas como un sistema entonces necesario, tratando de humanizarlas.

 

En 1517 inicia Las Casas un período de planes utópicos de población pacífica -la Utopía de Moro es de 1516-. Colonos honestos y piadosos formarían una «hermandad religiosa», vestirían hábito blanco con cruz dorada al pecho, provista de unos ramillos que la harían «muy graciosa y adornada» -el detallismo es frecuente en el pensamiento utópico-, serían armados por el Rey «caballeros de espuela dorada», y esclavos negros colaborarían a sus labores. Estos planes no llegaron a realizarse, y el que se puso en práctica en Tierra Firme, en Cumaná, Venezuela, fracasó por distintas causas.

 

Por esos años, inspirándose quizá Las Casas en la práctica portuguesa del Brasil, y para evitar los sufrimientos de los indios en un trabajo organizado y duro, que no podían soportar, sugirió la importación de esclavos negros a las Indias. El mismo dice que

 

«este aviso de que se diese licencia para traer esclavos negros a estas tierras dio primero el clérigo Casas» (Historia de las Indias III,102).

 

Al dar este consejo, con un curioso sentido selectivo de los derechos humanos, cometió un grave error, del que sólo muy tarde se hizo consciente, hacia 1559, cuando revisaba la edición de la Historia de las Indias (III,129).

 

López de Gómara resume la acción de Las Casas en Cumaná diciendo:

 

«No incrementó las rentas del rey, no ennobleció a los campesinos, no envió perlas a los flamencos y se hizo hermano dominico» (Historia 203b).

 

Efectivamente, gracias al fracaso de sus intenciones concretas, tuvo una segunda conversión y llegó a descubrir su vocación más genuina. En 1522, después de todos estos trajines, ingresó dominico en Santo Domingo, y vivió siempre en la Orden como buen religioso. Allí inició sus obras De unico vocationis modo (1522) e Historia de las Indias (1527), y se mantuvo «enterrado», según su expresión, hasta 1531.

 

Tuvo éxito, en 1533, al conseguir la rendición del cacique Enriquillo, sublevado desde años antes. Un viaje al Perú, que el mar torció a Nicaragua, le llevó a México en 1536. También tuvo éxito cuando, contando con el apoyo de los obispos de México, Tlaxcala y Guatemala, realizó con sus hermanos dominicos una penetración pacífica en Tezulutlán o Tierra de Guerra, región guatemalteca, de la que surgieron varias poblaciones nuevas.

 

No estuvo allí muchos meses, y en 1540 partió para España, intervino en la elaboración de las Leyes Nuevas (1542), así como en su corrección al año siguiente, y reclutó misioneros para las Indias. Su obra Brevísima relación de la destruición de las Indias es de 1542. En ese mismo año, rechazó de Carlos I el nombramiento de obispo de la importante sede del Cuzco, aceptando en cambio al año siguiente la sede episcopal de Chiapas, en Guatemala. Con 37 dominicos llegó en 1545 a su sede, en Ciudad Real, donde su ministerio duró un año y medio. La población española estaba predispuesta contra él porque conocía su influjo en la elaboración de las Leyes Nuevas.

 

Y tampoco el obispo Las Casas se dio mucha maña en su nuevo ministerio. Comenzó pidiendo a los fieles que denunciaran a sus sacerdotes si su conducta era mala, a todos éstos les quitó las licencias de confesar, menos a uno, encarceló al deán de la catedral, y excomulgó al presidente de la Audiencia, Maldonado... Poco después, el alzamiento contra él de los vecinos de su sede le hizo partir a la ciudad de México, donde había una junta de obispos que le dio de lado. De entonces son sus Avisos y reglas para los confesores, en donde escribe cosas como ésta:

 

«Todo lo hecho hasta ahora en las Indias ha sido moralmente injusto y jurídicamente nulo».

 

Se comprende, pues, bien que todos cuantos en mayor o menor grado aborrecen la obra de España en las Indias hayan considerado en el pasado y estimen hoy a Las Casas como una figura gigantesca. Nadie, desde luego, ha dicho sobre las Indias enormidades del tamaño de las suyas.

 

Sin licencia previa para ello, abandonó Las Casas su diócesis y regresó en 1547 a la Corte, en donde siempre se movió con mucha más soltura que en las Indias. Polemizó entonces duramente en Alcalá con el sacerdote humanista Juan Ginés de Sepúlveda, y logró que Alcalá y Salamanca vetaran su libro Democrates alter, que no fue impreso hasta 1892. Sepúlveda, devolviéndole el golpe, consiguió que el Consejo Real reprendiera duramente a Las Casas por sus Avisos a confesores, cuyas copias manuscritas fueron requisadas. De la gran polémica oficial entre Sepúlveda y Las Casas, celebrada en Valladolid en 1550-1551, y que terminó en tablas, hablaremos en seguida. En 1550, a los 63 años, renunció al obispado de Chiapas.

 

Ya no regresó a las Indias, en las que su labor misionera fue realmente muy escasa. Como señala el franciscano Motolinía en su carta de 1555 al Emperador sobre Las Casas, acá

 

«todos sus negocios han sido con algunos desasosegados para que le digan cosas que escriba conformes con su apasionado espíritu contra los españoles... No tuvo sosiego en esta Nueva España [ni en La Española, ni en Nicaragua, ni en Guatemala], ni aprendió lengua de indios ni se humilló ni aplicó a les enseñar» (Xirau, Idea 72, 7475).

 

Retirado en el convento de Sevilla, su ciudad natal, tuvo entonces años de más quietud, en los que pudo escribir la Apologética historia sumaria, sobre las virtudes de los indios (1559); Historia de las Indias, iniciada en 1527 y en 1559 terminada, si así puede decirse, pues quedó como obra inacabada; De thesauris indorum, en la que condena la búsqueda indiana de tesoros sepulcrales (1561); De imperatoria seu regia potestate, sobre el derecho de autodeterminación de los pueblos (1563); y el Tratado de las doce dudas, contestando ciertas cuestiones morales sobre las Indias. Aparte de componer estas obras, consiguió también en esos años que el Consejo de Indias negara permiso a su adversario el dominico fray Vicente Palatino de Curzola para imprimir su obra De iure belli adversus infideles Occidentalis Indiæ.

 

En sus últimos años, aunque no llegó a negar «el imperio soberano y principado universal de los reyes de Castilla y León en Indias», sus tesis fueron cobrando renovada dureza e intransigencia. Le atormentó mucho en esta época, en que estaba completamente sordo, comprobar que en asuntos tan graves como el de la encomienda, hombres de la categoría de Vasco de Quiroga, obispo de Michoacán, o sus mismos compañeros dominicos de Chiapas y Guatemala, se habían pasado al bando de la transigencia.

 

Murió en 1566 en el convento dominico de Atocha, en Madrid, a los 82 años, después de haber escrito y actuado más que nadie -unas veces bien y otras mal- en favor de los indios.

 

Fray Francisco de Vitoria (1492-1546)

 

A mediados del XVI, con el padre Las Casas, fueron el padre Vitoria y Ginés de Sepúlveda las figuras más importantes en el tema de la justificación de la presencia y acción de España en las Indias.

 

Francisco de Vitoria, nacido en Burgos en 1492, ingresó muy joven en los dominicos, dando muestras extraordinarias de inteligencia. A los 18 años fue a París para estudiar filosofía y teología. Regresó en 1523, enseñó teología en Valladolid, y a partir de 1526 tuvo la cátedra de prima en Salamanca, en torno a la cual se formó aquella Escuela de Salamanca, que tan notable influjo habría de tener en el concilio de Trento y en la renovación de los estudios teológicos a la luz de Santo Tomás.

 

Apenas dejó obras escritas, pero sus Relectiones, apuntes exactos tomados para las repeticiones escolares, que se conservaron cuidadosamente, permiten reconocerle como el fundador del Derecho Internacional, y su doctrina tuvo gran influjo sobre el holandés Hugo Grocio.

 

Pues bien, en la Relectio de Indis, dictada a los alumnos salmantinos en 1539, enseñó Vitoria sobre la duda indiana tesis de mucho interés, que sólo podremos desarrollar aquí en síntesis brevísima. Distingue Vitoria entre los títulos que pueden legitimar la conquista de un pueblo, y aquellos otros que son inválidos. Y entre los títulos válidos, distingue también entre seguros y probables. Comienza por afirmar que la fundamentación clásica de la conquista -la donación pontificia- no es válida, opinión que ya entonces era frecuente en los ámbitos universitarios de España:

 

«El Papa no es señor civil o temporal de todo el orbe, hablando con propiedad de dominio y potestad civil», y si no tiene autoridad civil sobre los bárbaros, «no puede darla a los príncipes seculares».

 

Tampoco los bárbaros están obligados a creer al primer anuncio de la fe, ni es lícito declararles la guerra porque la rechacen. En cambio,

 

«los españoles tienen derecho a andar por aquellas provincias», para comerciar y tratar con los indios y sobre todo para predicarles el evangelio. Pueden lícitamente defenderse de los indios si son atacados, «guardando moderación en la defensa». Otro título legítimo para una conquista «puede ser por la tiranía, o de los mismos señores de los bárbaros, o también de las leyes tiránicas que injurian a los inocentes, sea porque sacrifican a hombres inocentes o porque matan a otros sin culpa para comer sus carnes»... (Céspedes n.33; R. Hernández).

 

Es toda una construcción de argumentos complejos y matizados, que apenas pueden ser sintetizados aquí sin deformarlos, y que manifiestan una inteligencia sumamente lúcida.

 

Juan Ginés de Sepúlveda (1490-1573)

 

Nacido en Pozoblanco, Córdoba, en 1490, estudió filosofía en Alcalá y teología en Siguenza. En 1515 obtuvo una beca para estudiar en el Colegio español de Bolonia, donde pasó ocho años, especializándose en el estudio de Aristóteles, y doctorándose en Artes y Teología. Fue después en la corte pontificia traductor oficial de Aristóteles, y sirvió al cardenal de Vio, Cayetano, y al Cardenal Quiñones. Al regresar a España en 1536, residió en Valladolid, sede de la Corte, donde fue cronista de Carlos I y preceptor de Felipe II. Sacerdote y humanista, pasaba los inviernos en su Huerta del Gallo, en Pozoblanco, allí compuso la mayor parte de su abundante obra histórica, filosófica y teológica, y allí murió en 1573.

 

La historia conoce a Sepúlveda sobre todo por su encontronazo polémico con Las Casas, en lo referente a la justificación del dominio hispano en las Indias. Durante siglos, en cambio, hasta 1892, no se conoció la obra en que más explícitamente propuso sobre este tema su pensamiento, el Demócrates segundo o Tratado sobre las justas causas de la guerra contra los indios, pues Las Casas consiguió, como vimos, que se prohibiera su publicación. En la edición mexicana de 1941, se lee en el prólogo de Marcelino Menéndez y Pelayo:

 

«Quien atenta y desapasionadamente lo considere, con ánimo libre de los opuestos fanatismos que dominaban a los que ventilaron este gran litigio en el siglo xvi, tendrá que reconocer en la doctrina de Sepúlveda más valor científico y menos odiosidad moral que la que hasta ahora se le ha atribuído.

 

Fr. Bartolomé de las Casas trató el asunto como teólogo tomista, y su doctrina, sean cuales fueren las asperezas y violencias antipáticas de su lenguaje, es sin duda la más conforme con los eternos dictados de la moral cristiana y al espíritu de caridad.

 

«Sepúlveda, peripatético clásico, de los llamados en Italia helenistas o alejandristas, trató el problema con toda la crudeza del aristotelismo puro tal como en la Politica se expone, inclinándose con más o menos circunloquios retóricos a la teoría de la esclavitud natural... Los esfuerzos que Sepúlveda hace para conciliar sus ideas con la Teología y con el Derecho canónico no bastan para disimular el fondo pagano y naturalista de ellas. Pero no hay duda que si en la cuestión abstracta y teórica, Las Casas tenía razón, también hay un fondo de filosofía histórica y de triste verdad humana en el nuevo aspecto bajo el cual Sepúlveda considera el problema».

 

La disputa de Valladolid, 1550

 

Las denuncias concretas de abusos y las discusiones teóricas sobre la duda indiana no cesaban en España, sino que arreciaban a mediados del XVI. Desde hacía años venían, siempre enfrentadas, dos corrientes de pensamiento. Un sector, compuesto más bien por juristas laicos, en el que se contaban Martín Fernández de Enciso, el doctor Palacios Rubios, Gregorio López y Solórzano Pereira, seguían la doctrina clásica del Ostiense, cardenal Enrique de Susa, en la Summa aurea (1271), que atribuía al Papa, Dominus orbis, un dominio civil y temporal sobre todo el mundo.

 

Otros, en general teólogos y religiosos, más próximos a Santo Tomás, como John Maior, Las Casas, Francisco de Vitoria, fray Antonio de Córdoba, fray Domingo de Soto o Vázquez Menchaca, rechazaban la validez de la donación pontificia de las Indias, y fundamentaban en otros títulos, como ya hemos visto, la acción de España en las Indias.

 

A tanto llegaba en la Península la tensión de estas dudas morales, que el Consejo de Indias propuso al rey en 1549 suspender las conquistas armadas y debatir el problema a fondo. Así lo decidió el Rey en 1550, pues las conquistas, de proseguirse, habían de ser realizadas según él quería, «con las justificaciones y medios que convenga, de manera que nuestros súbditos y vasallos las puedan hacer con buen título y nuestra conciencia quede descargada».

 

El gran debate se inició en agosto de 1550, en la Junta de Valladolid, y los dos campeones contrapuestos fueron Juan Ginés de Sepúlveda y el padre Bartolomé de Las Casas, que acababa de renunciar a su sede episcopal. Tres grandes teólogos dominicos, Melchor Cano, Domingo de Soto y Bartolomé de Carranza moderaron la polémica. Y fue Soto, presidente de la junta, el encargado de centrar el debate:

 

Se trataba de saber

 

«si es lícito a S. M. hacer guerra a aquellos indios antes que se les predique la fe, para sujetarlos a su imperio, y que después de sujetados puedan más fácil y cómodamente ser enseñados y alumbrados por la doctrina evangélica. El doctor Sepúlveda sustenta la parte afirmativa, el señor Obispo defiende la negativa» (Céspedes n.36; BAE 110, 293-348).

 

Sepúlveda, ateniéndose al tema, expuso de modo conciso, y sin descalificaciones personales, su pensamiento acerca de la validez de la donación pontificia, y acerca del derecho, más aún del deber que un pueblo más racional tiene de civilizar a otro más primitivo. Este derecho sería tanto más patente si el pueblo bárbaro practicara atrocidades contra natura, y si el hecho de dominarlo, guardando la moderación debida en los medios, estuviera orientado a la evangelización. Sería ilusoria la posibilidad de evangelizar en tanto no se consiguiera una pacificación suficiente de los referidos pueblos bárbaros.

 

Las Casas, partiendo de un pensamiento más cristiano y mucho más sensible a los derechos de la persona, atacó con fuerza las tesis precedentes y las personas de quienes las sustentaban, y en prolongadas intervenciones, denunció -unas veces con verdad y otras sin ella- las atrocidades cometidas en las Indias.

 

Sobre estas crueldades y excesos, Sepúlveda alegaba que

 

«en la Nueva España [México], a dicho de todos los que de ella vienen y han tenido cuidado de saber esto, se sacrificaban cada año más de veinte mil personas, el cual número multiplicado por treinta años que ha se ganó y se quitó este sacrificio, serían ya seiscientos mil, y en conquistarla a ella toda, no creo que murieran más número de los que ellos sacrificaban en un año» (objeción 11ª).

 

Esto era para Las Casas una difamación intolerable de los indios:

 

«Digo que no es verdad que en la Nueva España se sacrificaban veinte mil personas, ni ciento, ni cincuenta cada año, porque si esto fuera no halláramos tan infinitas gentes como hallamos. Y esto no es sino la voz de los tiranos, por excusar y justificar sus violencias tiránicas y por tener opresos y desollar los indios».

 

Sin embargo, autores modernos mexicanos, como Alfonso Trueba en su libro sobre Cortés, basándose en los datos de las crónicas primitivas y en el estudio del calendario religioso mexicano, calculan que «en el imperio azteca se sacrificaban veinte mil hombres al año» (100).

 

En fin, los dos polemistas, no sin razón, se atribuyeron la victoria en el debate.

 

Las exageraciones de Las Casas

 

Las enormidades de las Casas son tan grandes que también quienes le admiran reconocen sus exageraciones, aunque las consideran con benevolencia (+V. Carro; M. Mª Martínez 114s). Sin embargo, éstas llegan a tales extremos que a veces son simples difamaciones. Las Casas se muestra lúcido y persuasivo en sus argumentaciones doctrinales -esto es lo que hay en él de más valioso, y en ocasiones genial-, pero pierde con frecuencia esa veracidad al referirse a las situaciones reales de las Indias, cayendo en esa enormización de la que habla Menéndez Pidal (321), uno de sus más severos críticos.

 

Si tomamos, por ejemplo, La destrucción de las Indias (1542) -que es la obra de Las Casas más leída en Europa y la que ha tenido más ediciones, también hoy-, vamos encontrando falsedades tan grandes que causan perplejidad. Así, al referirse a la trágica despoblación de las Antillas, de la que antes hemos hablado, asegura que

 

«habiendo en la isla Española sobre tres cuentos [millones] de almas que vimos, no hay hoy de los naturales de ella doscientas personas». Más aún, «daremos por cuenta muy cierta y verdadera que son muertas en los dichos cuarenta años por las dichas tiranías e infernales obras de los cristianos, injusta y tiránicamente, más de doce cuentos de ánimas, hombres y mujeres y niños; y en verdad que creo, sin pensar engañarme, que son más de quince cuentos» (15).

 

En la Española, asegura Las Casas, los cristianos quemaban vivos a los naturales «de trece en trece», y precisa delicadamente «a honor y reverencia de Nuestro Redentor y de los doce apóstoles» (18).

 

En Venezuela han matado y echado al infierno

 

«de infinitas e inmensas injusticias, insultos y estragos tres o cuatro» millones de indios (88). Y en la región de Santa Marta los españoles «tienen carnicería pública de carne humana, y dícense unos a otros: "Préstame un cuarto de un bellaco de ésos para dar de comer a mis perros hasta que yo mate otro"» (112)...

 

Y todavía Las Casas no queda conforme con lo que ha dicho, pues añade que

 

«en todas cuantas cosas he dicho y cuanto lo he encarecido, no he dicho ni encarecido, en calidad ni en cantidad, de diez mil partes (de lo que se ha hecho y se hace hoy) una» (113).

 

Cuando, por ejemplo, dice Las Casas que en la Española hay

 

«treinta mil ríos y arroyos», de los cuales «veinte y veinte y cinco mil son riquísimos de oro» (21), podemos aceptar -con reservas, tratándose de un informe serio- tan enorme hipérbole. También nosotros empleamos expresiones semejantes: «Te he dicho mil veces»... Pero en otros lugares, como los citados, nos vemos obligados a estimar que se trata de afirmaciones falsas. Concretamente, las cifras para el historiador Las Casas nunca constituyeron un problema especial. En denigración de los españoles puede decir, por ejemplo, que Pedrarias, en los pocos años que estuvo de gobernador en el Darién, mató y echó al infierno «sobre más de 500.000 almas» (Hª Indias III,141); en tanto que, en defensa de los indios no trepida en asegurar que en Nueva España los aztecas no mataban al año «ni ciento ni cincuenta»...

 

Tampoco la fama de las personas requiere de Las Casas un tratamiento cuidadoso. Hablando, por ejemplo, del capitán Hernando de Soto, de cuya muerte cristianísima sabemos por el relato de un portugués, dice en la Destrucción que

 

«el tirano mayor», después de cometer toda clase de maldades, «murió como malaventurado, sin confesión, y no dudamos sino que fue sepultado en los infiernos, si quizá Dios ocultamente no le proveyó, según su divina misericordia y no según los deméritos de él» (95).

 

Al disponerse a referir la muerte de Núñez de Balboa, que fue degollado por sus rivales políticos, escribe con manifiesto regodeo:

 

«Comencemos a referir el principio y discurso de cómo se le aparejaba su San Martín» -día acostumbrado en España para degollar los cerdos- (Hª Indias III,53). Y del ya muerto, añade: «Y será bien que se coloque a Vasco Núñez en el catálogo de los perdidos, con Nicuesa y Hojeda» (III,76).

 

Es un grave error pensar que no puede haber exceso ni falsedad en la defensa de los inocentes. Los inocentes deben ser defendidos honradamente con el arma de la verdad exacta, que es la más fuerte. Nunca la falsedad es buen fundamento para una causa justa, sino que más bien la debilita. Cuando se leen algunos de estos relatos de Las Casas es como para dudar de si estaba en sus cabales. Todo hace pensar que Las Casas no mentía conscientemente, sino que se obnubilaba defendiendo su amor y justificando su odio.

 

Ya algunos contemporáneos, como Motolinía, fueron conscientes de la condición anómala de la personalidad de Las Casas. El mismo padre Las Casas cuenta que, después que tuvo una violenta discusión con el obispo Fonseca, los del Consejo de Indias pensaron que no se podía hacer demasiado caso del Clérigo, «como hombre defectuoso y que excedía, en lo que de los males y daños que padecían estas gentes y destruición de estas tierras afirmaba, los términos de la verdad» (Hª Indias III,140).

 

Por eso tiene razón Ramón Menéndez Pidal cuando afirma que Las Casas «no tiene intención de falsear los hechos, sino que los ve falsamente» (108).

 

Por lo demás, todas las enormidades de Las Casas sirvieron para estimular la defensa de los indios, para alimentar la leyenda negra -que en sus escritos, especialmente en la Destruición, encontró su base fundamental-, y para restar credibilidad a las importantes verdades que, con otros teólogos más exactos, estuvo llamado a transmitir.

 

Organización municipal y administrativa

 

En la primera organización de las Indias hispanas tuvo el municipio una importancia particular. Para comprender el origen de este fenómeno singular es preciso recordar que, mientras que el feudo fue en el medioevo europeo la institución política básica, en España casi no se conoció, pues los reconquistadores hispanos, se asentaban en las tierras ganadas al moro, y obtenían de los reyes fueros y libertades, privilegios y exenciones, organizándose en seguida en municipios, concejos y cabildos.

 

Esto originó, sobre todo en las tierras del norte del Duero, las más difíciles de conquistar, un pueblo profundamente democrático, con fuertes instituciones comunales, en las que una directa representatividad popular se expresaba en una democracia orgánica, como diríamos hoy, ajena al pluralismo partidista.

 

Así pues, a las Indias llegó un pueblo con una gran experiencia de lucha, de repoblación y de organización política y administrativa, en la que no podía faltar el fraile, pero tampoco el escribano. Lo primero, por ejemplo, que hizo Cortés en Nueva España fue fundar en Veracruz un municipio, y amparándose en las leyes y tradiciones castellanas, recibir de su cabildo toda clase de autorizaciones, de las que no andaba sobrado.

 

En cuanto a la administración, en general, de aquellos inmensos dominios de las Indias,

 

«mucho se ha ponderado la ineficacia administrativa española -escribe Manuel Lucena Salmoral-; sin embargo ya es hora de afirmar que resultó extraordinariamente funcional para dirigir aquel enorme complejo mundial; difícilmente podría haberse organizado mejor con otro sistema. La prueba es su funcionamiento durante siglos. La fórmula consistió en sostener las administraciones regionales y en crear las generales absolutamente imprescindibles. La llave maestra fueron los Consejos, que teóricamente eran órganos consultivos de la monarquía y que en la práctica eran resolutivos, ya que el Rey se limitaba las más de las veces a estampar su firma en los documentos que le presentaban» (AV, Iberoamérica 431).

 

Concretamente, la hacienda pública, en aquel continente enorme y apenas conocido, logró organizarse desde el principio en formas considerablemente eficaces.

«Visto a distancia -escribe Ismael Sánchez Bella-, el juicio sobre el sistema es favorable, porque permitió un alto rendimiento y la rápida adaptación a la marcha de la conquista y colonización de inmensos territorios. Al éxito indudable del sistema contribuyó sin duda el respeto profundo que sentían entonces hacia todo lo relacionado con la institución real» (La organización 328).

 

Quien visite el Archivo de Indias en Sevilla no podrá menos de quedar asombrado del orden administrativo que durante tres siglos rigió la presencia de España en América. Allí constan hasta los alfileres que iban o venían entre España y las Indias.

 

Organización política

 

Tras unos primeros años en que adelantados, gobernadores y auditores, apenas lograban establecer un orden político, entre vacíos legales y conflictos de autoridad, muy pronto la Corona fue dando a las Indias españolas una organización política suficiente. En la península, junto al Consejo de Castilla y al de Aragón, en 1526 se estableció el Consejo de Indias, operante en las cuestiones prácticas mediante la Casa de Contratación, situada en Sevilla.

 

En América la autoridad política española se organizó en Virreinatos, Audiencias y Capitanías generales o presidencias-gobernaciones, y en su primera configuración histórica tuvieron particular importancia hombres de gran categoría personal, como en México don Antonio de Mendoza y don Luis de Velasco, o en el Perú don Pedro de la Gasca y don Francisco de Toledo. Cuando terminó la autoridad de España en América, a principios del siglo XIX, Hispanoamérica estaba organizada en los Virreinatos de Nueva España (México), de Nueva Granada (Colombia), del Perú y del Río de la Plata (Argentina, Paraguay y Uruguay), y en las Capitanías Generales de Cuba, Guatemala, Venezuela y Chile.

 

A todo lo cual hay que añadir que en América las Audiencias tuvieron una gran importancia, pues no sólo centraban, como en la península, todo el sistema judicial, sino que tenían también funciones de gobierno y hacienda. El arraigo real de todas estas organizaciones políticas se pone de manifiesto, por ejemplo, en el momento de la Independencia. De hecho

 

«las Audiencias -dice Morales Padrón- fueron el elemento básico o solar donde se alzaron los actuales Estados soberanos de Hispanoamérica. En efecto, todas, salvo la de Guadalajara en México, han cumplido tal fin. Paraguay y Uruguay, junto con cuatro de los seis Estados centroamericanos, se asientan sobre gobernaciones. Cuba, Venezuela y Chile se apoyan en sendas capitanías generales. El resto de las naciones se levantan donde antes existían Audiencias» (La Cierva, Gran Hª 1382-1383).

 

Organización jurídica

 

El protagonismo de Castilla en el descubrimiento y otras circunstancias políticas de la península hispana explican, como dice Ots Capdequi, que los territorios de las

 

«Indias Occidentales quedaran incorporados políticamente a la Corona de Castilla y que fuera el derecho castellano -y no los otros derechos españoles peninsulares- el que se proyectase desde España sobre estas comarcas del Nuevo Mundo» (El Estado 9).

 

Según el mismo autor, los rasgos característicos de este nuevo derecho indiano son éstos: «Un casuismo acentuado», más bien que amplias construcciones jurídicas.

«Una tendencia asimiladora y uniformista», acentuada en la época borbónica. «Una gran minuciosidad reglamentista», por la que se pretendía llegar hasta la cuestiones más pequeñas. «Un hondo sentido religioso y espiritual. La conversión de los indios a la fe en Cristo y la defensa de la religión católica en estos territorios fue una de las preocupaciones primordiales en la política colonizadora de los monarcas españoles. Esta actitud se reflejó ampliamente en las llamadas Leyes de Indias. En buen parte fueron dictadas estas Leyes, más que por juristas y hombres de gobierno, por moralistas y teólogos» (12-14).

 

Los Reyes españoles decretaron «que se respetase la vigencia de las primitivas costumbres jurídicas» de los indios, en tanto no fueran inconciliables con la legislación hispana, con lo cual los derechos tradicionales de los indios

 

«dejaron huella considerable en orden a la regulación del trabajo, clases sociales, régimen de la tierra, etc., instituciones tan representativas como los cacicazgos, la mita y otras» (11,15). Por otra parte, «frente al derecho propiamente indiano, el derecho de Castilla sólo tuvo en estos territorios un carácter supletorio» (15), es decir, sólo se aplicaba cuando en las leyes de Indias había algún vacío legal.

 

Finalmente, otro rasgo muy peculiar del derecho indiano fue que las autoridades locales, «frente a Cédulas Reales de cumplimiento difícil, o en su concepto peligroso, apelaron con frecuencia a la socorrida fórmula de declarar que se acata pero no se cumple», explícitamente reconocida como legítima en la Recopilación de 1680 (Leyes XXII y XXIV, tit.I, lib.II). En efecto,

 

«recibida la Real Cédula cuya ejecución no se consideraba pertinente, el virrey, presidente o gobernador, la colocaba solemnemente sobre su cabeza, en señal de acatamiento y reverancia, al propio tiempo que declaraba que su cumplimiento quedaba en suspenso. No implicaba esta medida acto alguno de desobediencia, porque en definitiva se daba cuenta al Rey de lo acordado para que éste, en última instancia y a la vista de la nueva información recibida, resolviese» (14).

 

En busca de leyes justas

 

En aquel tiempo, como hemos visto, los Reyes prestaban oído al consejo de los teólogos y misioneros. Recordemos brevemente algunos de los pasos dados en búsqueda de la justicia en las Indias. Tras el sermón de fray Antonio de Montesinos, Fernando el Católico convocó una junta de notables, de la que nacieron las Leyes de Burgos (1512), en las que se declaró la libertad de los indios, la prioridad de la evangelización, y una serie de derechos fundamentales, al tiempo que se humanizaba el régimen de la encomienda. Poco después, en 1514, el Rey ordenó que no se hicieran conquistas sin previo requerimiento pacífico, medida que fue tenida en cuenta por todos los conquistadores, pero que no servía de mucho.

 

En 1525 las protestas de conciencia eran tan graves, que de momento se suspendieron los descubrimientos y conquistas. Al año siguiente, en las Ordenanzas de Granada (1526), establecidas por el Consejo de Indias, se dieron normas «sobre el buen tratamiento a los indios y manera de hacer nuevas conquistas», exigiendo en ellas requerimiento y presencia de dos clérigos que velasen por el buen trato, y prohibiendo de nuevo toda esclavización de los indios. Por otro lado, el tema de las encomiendas sigue siendo objeto de dudas continuas y de frecuentes retoques jurídicos, siempre insatisfactorios.

 

En 1529, una cédula real enviada desde Génova, impulsa a los tres grandes Consejos -Real, de Indias y de Hacienda- a regular de nuevo la encomienda, haciéndola pasar de servicio a tributo moderado (Céspedes, Textos n.34).

 

En 1537, el primer obispo de Tlaxcala, en México, el dominico fray Julián Garcés, escribió al papa Pablo III una notable carta, en la que ensalza la racionalidad y libertad de los indios, así como su idoneidad religiosa, y denuncia con fuerza a quienes, queriendo explotar a los indios, alegan para excusarse que éstos son como brutos sin entendimiento. Esta carta, según parece, fue causa principal de la Bula pontificia Sublimis Deus, de ese mismo año, en la que se reiteran, con la plena autoridad apostólica, esas mismas verdades (Xirau 87-101).

 

En 1541, a las muchas quejas que iban llegando, se añadieron las de cuatro dominicos procedentes de México, Perú y Cartagena, los padres Juan de Torres, Martín de Paz, Pedro de Angulo y Bartolomé de Las Casas, que reclamaron ante la corte de Carlos I. El emperador, que estaba dispuesto a suspender su acción en América si se demostraba que no tenía títulos legítimos para ella, convocó una junta extraordinaria del Consejo de Indias, y bajo el influjo de Las Casas, se promulgaron las famosas Leyes Nuevas (1542), un cuerpo legal de normas claras:

 

«por ninguna vía se hagan los indios esclavos», sino que han de ser tratados como vasallos de la Corona; «de aquí en adelante ningun visorrey, gobernador... no pueda encomendar indios por nueva provisión, sino que muriendo la persona que tuviere los dichos indios sean puestos en nuestra real Corona» (Céspedes n.35).

 

Sin embargo, las convulsiones producidas en las Indias por estas Leyes Nuevas, sobre todo en lo referente a las encomiendas, fueron tales, en forma de recursos y alzamientos, que fue preciso suavizarlas o suspender su aplicación. No sólo los representantes de la Corona, sino la gran mayoría de los misioneros, estimaron que la acción de España en América, sin la base laboral de las encomiendas, al menos por entonces, se hacía imposible.

 

De nuevo en 1549, antes de la Junta de Valladolid, el emperador está dispuesto a abandonar las Indias a sus antiguos señores si su dominio allí no tuviera justos títulos. Tal decisión no se ejecutó al mediar en contrario el dictamen del padre Vitoria y otros consejos, de modo que se asentó ya moralmente la presencia de España en las Indias.

 

Recordemos, finalmente, la Recopilación de las leyes de los Reynos de las Indias, de 1681. En el prólogo de la excelente edición realizada en México en 1987, don Jesús Rodríguez Gómez, presidente del mexicano Colegio Nacional de Abogados, escribe:

 

«De entre las numerosas legislaciones españolas de la época, son las castellanas las que se reflejan sobresalientemente en las Leyes de Indias, que no soslayan el derecho indígena, a tal grado que sorprende encontrar la minuciosa referencia a las costumbres de la República de Tlaxcala; pero más asombran disposiciones como las relativas a la jornada de ocho horas, interrumpidas por un descanso de dos, y a la inviolabilidad de la correspondencia»... (pg. XI).

 

¿Se cumplían las leyes?

 

Es indudable que la Corona española, asistida por los misioneros, teólogos y juristas más valiosos, procuró desde el principio con gran empeño leyes justas, que fueran favorables a los indios. El historiador norteamericano Lewis Hanke, en su obra sobre La lucha por la justicia en la conquista de América (1949), dice con razón en su prólogo que

 

«la conquista de América por los españoles... fue uno de los mayores intentos que el mundo haya visto de hacer prevalecer la justicia y las normas cristianas en una época brutal y sanguinaria» (17).

 

Efectivamente, puede decirse que la Corona española fue siempre en América, con los misioneros, la principal protectora de los indios.

 

Hoy se reconoce con una considerable unanimidad que las leyes hispanas de Indias fueron muy buenas, y que en muchas cuestiones pudieron servir de modelo a otras legislaciones posteriores. Pero con frecuencia se añade simultáneamente que «no se cumplían», con lo que se desvirtúa prácticamente la afirmación anterior. Pues bien, las leyes cívicas y penales, ciertamente -basta mirar las situaciones presentes-, sean nacionales o internacionales, con gran frecuencia se incumplen, o se cumplen a medias, pero no por eso puede afirmarse que carecen de todo influjo benéfico. Como observa el padre Lopetegui,

 

«las leyes, y más cuando se urgen periódicamente, acaban por forjar una opinión, una conciencia, una norma de conducta, y esto indudablemente se dio también en las Indias Occidentales en un grado apreciable, especialmente cuando, después de las primeras guerras, se entró en un período de paz y de prosperidad relativa» (Historia 102).

 

Es cierto que para afirmar que

 

«las leyes no se cumplían» en las Indias, donde la autoridad quedaba a veces tan lejos, podrá citarse una gran batería de hechos criminales comprobados. Pero la dureza de algunas resistencias, incluso armadas, que a veces se produjeron contra determinadas legislaciones, «los mismos nimios detalles de ciertas ordenanzas, las consultas continuas a virreyes o gobernadores, y de éstos a Madrid, con la repetición machacona de las mismas disposiciones, indican bien que se cumplían en grado apreciable» (103).

 

El cumplimiento de las leyes en las Indias se vio considerablemente favorecido por los juicios de residencia, en los que las autoridades reales, por altas que fueran -como el mismo Cortés-, habían de rendir cuenta de lo hecho en su gobierno. Estos juicios se realizaron con frecuencia, y quien los ha estudiado, como José María Mariluz Urquijo, estima que en los

 

«tres siglos de gobierno español en América... no se escatimaron esfuerzos para lograr la máxima efectividad de las residencias, y lo que es más, esos esfuerzos dieron buen resultado» (Ensayo 293).

 

Reyes misioneros

 

El Papa, como vimos, concedió la soberanía del Nuevo Mundo a los Reyes hispanos con la condición de que éstos promovieran allí la evangelización misionera. Pues bien, como dice Pedro Borges,

 

«desde el momento en que los monarcas españoles» asumieron esa responsabilidad, enviaron continuamente misioneros al Novus Orbis: «he aquí por qué, desde el siglo XV al XIX, e independientemente de cualquier interpretación que se le pudiera dar a la bula Inter cætera, e independientemente también de la mayor o menor religiosidad personal de cada monarca, la Corona española consideró siempre suya, y de hecho le incumbía, la responsabilidad espiritual de América y, por lo mismo, la del envío a ella de los misioneros necesarios como único medio para responder de dicha responsabilidad» (AV, Evangelización 577).

 

Hay que tener en cuenta además que hasta comienzos del siglo pasado, durante tres siglos, un peruano o mexicano era tan español como un andaluz o un aragonés, y que la solicitud religiosa de los Reyes hispanos llegaba con igualdad a todos sus reinos. En este aspecto, como bien observa Salvador de Madariaga,

 

«la idea de colonia en su sentido moderno no existía en la España del siglo XVI. Méjico una vez conquistado vino a ser otro de tantos Reinos como los que constituían la múltiple Corona del Rey de España, en lista con Castilla, León, Galicia, Granada y otros de la Península, con Nápoles y Sicilia y otros de Ultramar -reinos de todos los que el Rey de España respondía ante Dios-» (Cortés 543-544).

 

Es decir,

 

«la colonización en el sentido moderno de la palabra, el desarrollo económico de un pueblo atrasado a beneficio de la metrópoli, no existía todavía» (47),

 

aunque, añadiremos nosotros, este planteamiento se hizo predominante ya en el siglo XVIII, con el espíritu de la Ilustración, y del liberalismo después.

 

Pues bien, los Reyes Católicos, fieles a los compromisos espirituales de su Patronato regio, ya para el segundo viaje de Colón, enviaron una pequeña expedición de misioneros, presidida por fray Bernardo Boil, benedictino de Montserrat, para quien habían conseguido del Papa en la Bula Piis fidelium, de junio de 1493, altos poderes apostólicos. Esta primera misión, en buena parte por la ignorancia de la lengua indígena, fue un fracaso. Pero en las Capitulaciones del tercer viaje los Reyes insisten:

 

«Item, se ha de proveer que vayan a dichas Indias algunos religiosos clérigos y buenas personas para que allí administren los sacramentos a los que allí están y procurarán de convertir a nuestra santa fe católica a los dichos indios» (AV, Evangelización 583).

 

Lo mismo reiteran las instrucciones dadas a Ovando en 1501; igual voluntad se expresa, con intensidad patética, en el Testamento de la Reina Católica; análogas instrucciones son dadas por Fernando el Católico en 1509 a Diego Colón, y son establecidas en las Leyes de Burgos de 1512.

 

 

Carlos I (1516-1556) dió un fuerte impulso al paso de misioneros a las Indias, y para ellos consiguió del papa Adriano VI el Breve Omnimoda (1522), en el que se organizaba mejor el esfuerzo misionero y se daba a los evangelizadores omnímodas facultades canónicas. Y parecido celo misional mostró Felipe II (1556-1598). En fin, para no alargar nuestro memorial, puede decirse que en los tres siglos que duró la presencia hispana en América, el apoyo de los Reyes a la evangelización fue continuo, aunque ya en el siglo XVIII, hasta la Independencia, como veremos, este apoyo fue decreciendo claramente.